OKUPACIÓN Y YA SE VERÁ…

                       Actualmente y si es usurpación, delito leve, agravado cuando se prueba allanamiento de morada. En cuanto a la inquiokupación (impago al propietario), está alcanzando una repercusión social inadmisible en un Estado de Derecho. Y el dueño a esperar, hasta ahora más de 2 años muchas veces, caso de inquilino/a vulnerable, mientras ha de hacerse cargo del agua y la luz consumidas por el delincuente…

                    Cierto que, según he leído, casi la mitad de la población tiene dificultades para llegar a fin de mes, y la burbuja inmobiliaria (altos precios y falta de vivienda social…) es para muchos inasumible, lo que explica (que no justifica) la problemática expuesta. En Europa, 1/3 de los pisos desocupados están en nuestro país, con cerca de 4 millones (aunque el 45%, en la España vaciada, con escasa o nula demanda). Ésta es una de las naciones con menor vivienda social para alquiler o venta, y sólo por encima de Rumanía, Estonia, Croacia y Portugal. Además, el arrendamiento vacacional se viene últimamente prefiriendo al alquiler fijo. Sin embargo, ello no es argumento para la dilación en la toma de medidas frente a manifiestas ilegalidades ni aporta razones para quienes se oponen a los desahucios, y es que, como en muchos otros debates, no se toma en consideración lo que desvirtúa la posición adoptada, a más de que, como apuntara Max Weber, es abyecto utilizar la moral como instrumento para cargarse de razón.

                  La reflexión es igualmente aplicable en caso de ser bancos los propietarios, con las mismas bases para la denuncia y sin que pueda argumentarse, siguiendo a Bertold Brecht, que robar a un Banco no es nada comparado con fundarlo. El derecho a la vivienda es constitucional (artíc. 47), pero también lo es el derecho a la propiedad, y ninguno ha de primar sobre el otro. Sería como si, en caso de ingresos precarios, el empresario debiera hacerse cargo de pagar los gastos la última semana del mes o, tratándose de hemipléjicos, cualquier transeúnte tuviera la obligación legal de manejar sus sillas de ruedas.

                    Las leyes respecto al asunto (Jonathan Swift) siguen siendo telarañas: capaces de atrapar pequeñas moscas, pero dejan que las atraviesen las avispas. Y siguen las enmiendas, que pueden retrasar los acuerdos parlamentarios aún por muchos meses. Mientras tanto y en los debates, la cuestión ocupa un lugar secundario comparada con el dichoso fango, el caso Koldo, los supuestos manejos de la mujer de Pedro Sánchez o del novio de Díaz Ayuso. Por lo que hace a la okupación, se diría oportuno:

-Ampliación del plazo de denuncia, para un inmediato desalojo, a más de las 48 horas actuales.

-Obligación de mostrar, el supuesto okupa y a petición de las fuerzas del orden, un contrato de alquiler escrito y firmado por el propietario, sin que valga el socorrido acuerdo verbal como justificante.

-Agilizar el procedimiento legal para el desahucio, lo que parece actualmente en curso.

-La política de vivienda social y eventual realojamiento de familias vulnerables, a cargo del Ayuntamiento correspondiente. Por cierto: ¿Se han percatado de la cantidad de edificios públicos vacíos o infrautilizados, que podrían albergar a unos cuantos, siquiera transitoriamente?

-Incentivos fiscales al alquiler, como estímulo para que la vivienda vacía salga al mercado.

En resumen: otras políticas y seguramente otros políticos, tanto en el Gobierno como en la oposición.

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About Gustavo Catalán

Licenciado y Doctor en medicina. Especialista en oncología (cáncer de mama). Columnista de opinión durante 21 años, los domingos, en "Diario de Mallorca". Colaborador en la revista de Los Ángeles "Palabra abierta" y otros medios digitales. Escritor. Blog: "Contar es vivir (te)" en: gustavocatalan.wordpress.com
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2 Responses to OKUPACIÓN Y YA SE VERÁ…

  1. Avatar de Desconocido Anónimo dice:

    Un tema, muy nefasto para quien se ve en ello y sin su domicilio, por la forma en que no estamos protegidos, los que cumplimos con las normas, ( antes la propiedad privada no sé toca )

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  2. Leyes desenfocadas, insuficientes…

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